En esta edición se han mantenido las convencionesortográficas del original, incluyendo las variadas normas de acentuaciónpresentes en el texto. Los errores obvios de impresión y puntuación han sido corregidos.1
Los dibujitos ornamentales han sido eliminados.
2
Imprenta Argentina, calle Santa Rosa núm. 37.3
Tres cuestiones importantes se han ventilado enestos dias por la prensa.
La primera versa sobre el sistema proteccionistay el libre cambio, aplicados al Estado de BuenosAires. Aun cuando existen hoy ciertos principioseconómicos que se consideran como axiomas en laciencia, y cuya discusion lejos de ofrecer una novedadestraordinaria vendria casi á tocar en lo vulgar,por cuanto ellos han sido demostrados ya hasta laevidencia, sin embargo, parece que en nuestro paistodavía las rancias rutinas y viejas preocupacionesdisputan, aunque debilmente, el terreno á las nuevasideas, y no falta, como lo hemos visto últimamenteen la tribuna y en la prensa, quienes profieranblasfemias económicas capaces de escandalizar almenos versado en estas materias. Por eso hemoscreido deber tratar esta cuestion, y lo hemos hechoefectivamente en una serie de artículos que hemospublicado en el Nacional de Buenos Aires.
El segundo punto, se referia al artículo 6.º denuestra carta constitucional, cuya discusion se pusoúltimamente á la órden del dia. Las notas oficialescambiadas entre el Sr. Enviado francés y nuestroministro de relaciones esteriores por un lado, ypor el otro las interpretaciones forzadas que una4parte de la prensa pretendió sacar de aquella disposicionconstitucional, nos han puesto en el caso detratar á fondo esta materia, en los artículos públicadosen el diario que hemos citado mas arriba.
La tercera y última cuestion, con que abrimosesta publicacion, reunia á su importancia esencial laque le prestaba un grande interés de actualidad, puestoque ella aun no ha sido resuelta por aquellos áquienes directamente cabia esta tarea—hablamos dela internacion de una escuadra Brasilera en el Rio dela Plata. En vista de un asunto de tamaña trascendencia,hemos querido tratarlo reuniendo á todasaquellas consideraciones prácticas, que se desprendennaturalmente de él, la autoridad de las doctrinassentadas por los mejores y mas acreditados autoresdel derecho internacional, hasta dejar en lamayor evidencia los derechos incontestables queasisten á la República Argentina, para negar ó concederel pasage á los buques de guerra dentro de loslímites de su territorio fluvial.
A esas cuestiones pues, hemos dedicado algunashoras de concienzuda tarea, y si plumas mas hábilesque la nuestra hubieran podido desarrollarlasmas ventajosamente, esperamos sin embargo quelos hechos históricos y las sanas teorías que sirvende base á nuestros escritos, han de ser una razonbastante para que los hombres imparciales no se desdeñende arrojar sobre ellas una mirada investigadora.Mas no siendo los artículos dispersos en las columnas